Noti- CALAMA
20/7/2022
Estimados:
Les recordamos que todas las empresas que están en la Ciudad Autónoma y que, por generar residuos peligrosos, se han empadronado en el SIMEL e inscripto en el régimen de la ley nacional 24.051 de Residuos Peligrosos deben realizar la Declaración Jurada Anual de Generadores de Residuos Peligrosos (Resolución 926/05) ante el Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable.
Recordamos su carácter obligatorio y por tanto sancionable por multa su omisión.
Se mantendrá el formato del año pasado y la presentación se debe realizar en Julio-Agosto. A partir de con el cálculo de la Tasa y presentación de la DJ siempre con el patrocinio de un Profesional matriculado para el Organismo.
Gracias
11/7/2022
Estimados Colegas:
Por requerimiento del Sindicato hemos tenido una reunión con el Ministerio de Trabajo/ Sindicato/ CALAMA para rever- tal como habiamos estipulado en la ultima paritaria- los valores del CCT.
Siendo que la inflacion se ha disparado y la gran diferencia entre en Basico de Convenio y la suma por encima de los cien mil pesos estimada para los requerimientos basicos de una familia, es que se establecieron aumentos segun el siguiente cuadro:
Debimos aceptar una razonable recuperacion del salario considerando que partimos de un mes con un basico de aproximadamente 53mil pesos (mes de Julio). El básico para este mismo mes de un empleado de Playa de Estacionamiento es de 90mil pesos.
El Sindicato se comprometió a seguir actuando para obligar a aquellos establecimientos fuera de la ley a regularizar su personal con el fin de que dejen de ser una competencia desleal por no cumplir con el CCT, Cargas Sociales y otras obligaciones.
Tanto el nuevo Convenio y los montos esten Homologados seran publicados en la pagina web de
CALAMA.
Agradeceremos tambien su cooperacion con la Camara abonando la cuota mensual del 1% del monto salarial mensual.
Gracias
HOMOLOGACION ACUERDO 2022
1/2/2022
Controladores Fiscales
La AFIP amplió los plazos previstos en el cronograma de reemplazo de los “Controladores fiscales”. La decisión del organismo busca facilitar que los sujetos que poseen una menor cantidad de equipos -en general pequeños comercios- procedan a su recambio. La medida alcanza a aquellos contribuyentes que utilizan “Controladores Fiscales” para la emisión de los comprobantes respaldatorios de sus operaciones.
El nuevo cronograma de reemplazo obligatorio es el siguiente:
Cantidad de Equipos de “vieja tecnología” habilitados Fechas en las que deberán efectuar el recambio obligatorio de “vieja tecnología” a “nueva tecnología”
3 o 4 1/01/2022 1 o 2 30/04/2022
3/11/2021
Sergio Abrevaya y Atilio Krenn
09/06/2021
Estimados Colegas:
Les recordamos que todas las empresas de nuestra actividad en la CABA y que por generar Residuos Peligrosos deben estar -y haberse empadronado- en el SIMEL e inscripto en el Régimen de la Ley Nacional 24051 de Residuos Peligrosos deben realizar la Declaración Jurada Anual de Generadores de Residuos Peligrosos ( Resolución 926/05) ante el Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable.
Es de carácter obligatorio y por tanto, sancionable por multa su omisión.
Se mantiene el formato del año pasado y la presentación se debe realizar en Julio – Agosto con el calculo de la Tasa y presentación de la DJ siempre con el patrocinio de un Profesional matriculado para el Organismo.
La Tasa Ambiental se abona mediante el sistema electrónico denominado»eRecauda»
El valor de la Tasa se emite luego del análisis técnico.
Les sugerimos contactar a su Profesional asesor en estos temas, recordando que el valor de los honorarios estipulados este año por el Colegio Profesional para el calculo, armado, firma y tramitación de la DJ es de $ 15700.
08/06/2021
SE ACOMPAÑAN ESCALAS SALARIALES PARA EL RESTO DE 2021, QUE CONTEMPLA AUMENTOS NO REMUNERATIVOS Y SU INCORPORACION A LOS BASICOS EN FORMA ESCALONADA.
RECORDAMOS UTILIZAR DICHOS VALORES PARA LAS LIQUIDACIONES CORRESPONDIENTES AL FONDO ORDINARIO PARA CALAMA.
25/06/2021
Estimados Colegas:
Como cada año, desde la Fundación Padres estamos organizando la Cena Anual. Seguimos dentro de un contexto social complicado, por lo que al igual que el pasado año, la misma se realizará de manera virtual, por lo tanto podremos aprovechar una cena para compartir en familia.
Todos los años nos acompañan en la cena una gran cantidad de empresas que apoyan nuestro trabajo colaborando ya sea a través de publicidad o de la compra de mesas corporativas.
¡Sumate! Disfrutemos todos juntos de una gran reunión de las familias Argentinas, para una vez más trabajar por ser “Mejores Padres, Mejores Hijos, Mejores Argentinos”.
Desde ya, muchas gracias.
08/04/2021
Les dejamos a continuación las nuevas medidas que se van a implementar en la Ciudad a partir del viernes 9 de abril a las 00 horas
07/04/2021
Estimados Colegas:
Les recordamos que debe realizarse la DECLARACION JURADA ANUAL de EFLUENTES LIQUIDOS ante la Direccion de Inspecciones ( ex INA).perteneciente al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable.
Por ser un sistema digital , se generan multas automáticas por no cumplir con la fecha establecida que es desde el 1 al 30 de abril.
Gracias
02/04/2021
31/03/2021
Viene la «tercera ola»… ¿y si la nadamos diferente? 🤔
¿POR QUÉ NO informan lo que Sí podemos hacer PARA SANARNOS.?
¿A qué hora se le ha explicado a la población que cada uno tiene la capacidad de reforzar naturalmente su sistema de defensa en pocos días (los más pequeños) o en pocas semanas los adultos?
👨🏻🔬¿ Por qué no involucrarse en los canales informativos con plataformas y profesionales de salud que hablen de prevención, como nutricionistas, naturópatas, fitoterapeutas, que podrían realizar un inmenso trabajo de información y prevención al público y a la vez aligerar el trabajo de los médicos y sanitarios que están en el frente?
🍔¿Por qué no decirle a la gente que comer basura, como productos industriales, trabajados y refinados, es lo primero que destruye nuestras defensas?
🍎Que la eficacia de nuestro sistema de defensas depende estrechamente de la calidad de nuestra flora intestinal y, por lo tanto, de la calidad de lo que comemos.
🍏Por lo tanto, frutas y verduras crudas, locales y de temporada son la mejor manera de acumular rápidamente nuestras reservas minerales necesarias para la inmunidad…
👉¿Por qué no explicar que por ejemplo un ayuno intermitente controlado fortalece el sistema inmunológico en tan solo 3 días?
🌞Que una correcta respiración tiene la capacidad de reducir niveles altos en producción de cortisol, hormona reguladora de tus niveles de estrés.
🚿 ¿Por qué no hablar de los beneficios de una ducha fría o un baño en el mar, que en pocos días aumenta el nivel de algunos linfocitos T?
🌿 ¿Por qué no explicar que plantas como el Eucalipto, hoja de guayaba, el saúco, el toronjil, jengibre, la cúrcuma artemisa, manzanilla, cebolla morada, conchas de ajo, malojillo, orégano orejón y Limón… En sus formas concentradas y correctas, aumentan las defensas inmunes en pocas semanas?
💧¿Por qué no hablar de la eficacia de los aceites esenciales antivirales?
©️ Además de la vitamina C a dosis altas, la importancia de la vitamina D y minerales como el zinc, selenio, magnesio? Todo ello es fácil y barato de obtener. En ocasiones, como en el caso de la luz solar, gratuito!
🏃¿Por qué no hablar de cómo una sana actividad deportiva activa las hormonas de la alegría y el bienestar?
🤔 ¿Por qué no hablar de la importancia de la calidad de nuestros pensamientos y de la conexión entre la mente y el cuerpo?
🥰 ¿Por qué no hablar de la fortaleza del amor y la compañía, que curan mucho más que el aislamiento y la desconfianza?
🌲¿Por qué no hablar del bienestar inmediato que nos da caminar o estar en la naturaleza?
👎🏻 ¿Por qué no explicar que el miedo es inmunosupresor? Y genera más que nada: enfermedad, debilidad, ansiedad, sufrimiento. Obnubilación
POR QUÉ NO COMENZAR A INFORMAR.
Y POR QUÉ NO HACERLO DE VERDAD…
solo nos enseñaron a usar alcohol, ponernos una mascarilla, y a estar encerrados y a tener miedo.
Si crees que es buena esta información…
Copia y pega para que llegue a mas gente y actuar
Aliméntate bien y alcalinízate.
(Créditos al autor)
Respira !🌹🌹🌹
31/03/2021
Para participar haga clic aquí
17/03/2021
Los mejores deseos a toda la comunidad judía que a partir de mañana celebra Pesaj.
17/03/2021
18/01/2021
Estimados
Les informo que mediante Resolución 312/2020 de la AGIP, todos aquellos contribuyentes de Ingresos Brutos de CABA, están obligados a registrar el domicilio de explotación, y en dicha declaración deben informar el Nro de su habilitación para la actividad, entre otros datos.
Les copio el texto:
El plazo para la registración, vence el 31/03/2021
Buenos Aires, 28 de Diciembre de 2020.
VISTO: EL ARTÍCULO 95 DEL CÓDIGO FISCAL (T.O. 2020) Y SUS MODIFICATORIAS LEYES N° 6323 (BOCBA N° 5946) Y Nº 6382 (BOCBA Nº 6024),
Y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 95 del Código Fiscal vigente dispone que los contribuyentes y demás responsables están obligados a facilitar la verificación, fiscalización, determinación y recaudación de los tributos a cargo de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos;
Que en el cumplimiento de sus funciones, esta Administración Gubernamental requiere actualizar la base de datos respecto de los inmuebles de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires afectados a actividades económicas, diseñando un proceso continuo que asegure la actualización y veracidad de dicha información;
Que el establecimiento de un nexo entre dos atributos (Clave Única de Identificación Tributaria y Partida Inmobiliaria) permite la interacción de diferentes bases de datos, posibilitando su explotación en diversos ámbitos tales como la implementación de beneficios fiscales conforme a los distintos destinos y usos a los que se afectan los inmuebles, el establecimiento de diferentes categorías de contribuyentes según su capacidad contributiva así como la eficiencia en la verificación y fiscalización en el cumplimiento del pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Impuesto de Sellos y el Impuesto Inmobiliario y Tasa Retributiva de los Servicios de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros;
Que en virtud de los avances tecnológicos y con el objetivo de continuar con el proceso de mejora continua en la relación Fisco – Contribuyente, resulta necesario implementar el Registro de Domicilios de Explotación (RDE), en aras de facilitar la adopción de medidas de política tributaria sobre la base de la información relativa al desarrollo de actividades económicas en los inmuebles de esta jurisdicción.
Por ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,
EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE
Artículo 1°.- Establécese un Registro de Domicilios de Explotación (RDE) de los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, de acuerdo a los términos de la presente Resolución.
Artículo 2°.- El domicilio de explotación es el inmueble en el cual el contribuyente del Impuesto sobre los Ingresos Brutos ejerce o desarrolla, total o parcialmente, su actividad económica.
Artículo 3°.- El domicilio de explotación resulta exigible para:
a) Los contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos bajo Categoría Locales.
b) Los contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que tributen bajo las normas del Convenio Multilateral, en la medida que posean establecimiento, local, sucursal u oficina situado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
c) Los contribuyentes inscriptos en el Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, excepto aquellos comprendidos en los términos del artículo 272 del Código Fiscal vigente.
d) Contribuyentes exentos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 4°.- Al momento de la inscripción o actualización en el Registro de Domicilios de Explotación, el contribuyente debe informar:
a) El número de partida del/de los inmueble/s.
b) La Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del/de los titular/es de dominio del/ de los inmueble/s.
c) La Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del contribuyente que desarrolla actividades económicas.
d) El carácter de ocupación del/de los inmueble/s por parte del contribuyente (dominio, locación, comodato, usufructo, concesión, uso o tenencia precaria, etc.).
e) Las actividades desarrolladas en el/los inmueble/s según el Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación (NAES), con sus respectivos Códigos de Actividad.
f) La superficie afectada a las actividades económicas.
g) El Número de Habilitación otorgado por la Agencia Gubernamental de Control (AGC), o el organismo que en el futuro la reemplace, en caso de corresponder.
h) Fecha de inicio de las actividades económicas en el inmueble.
i) Fecha de cese de las actividades económicas en el inmueble, en caso de corresponder.
j) Cualquier otra información de relevancia para la identificación de la explotación económica del inmueble.
Artículo 5°.- La inscripción o actualización del domicilio de explotación en el Registro de Domicilios de Explotación (RDE) reviste carácter obligatorio para la realización de los siguientes trámites o procedimientos:
a) Acogimientos a planes de facilidades de pago, moratorias o condonaciones de deudas.
b) Solicitudes de exenciones en el Impuesto Inmobiliario y Tasa Retributiva de los Servicios de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros y/o en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
c) Interposición de reclamos respecto de compensaciones, repeticiones o devoluciones de los citados tributos.
d) Iniciación o tramitación de expedientes a través de la Plataforma Tramitación a Distancia (TAD).
e) Altas o modificaciones en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
f) Recategorización en el Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos
Artículo 6°.- La información requerida para la inscripción o actualización del/de los domicilios de explotación debe ser registrada, rectificada o ratificada por los contribuyentes y/o responsables, con carácter de declaración jurada, ingresando en el aplicativo “Registro de Domicilios de Explotación (RDE)”, disponible a tal efecto en la página Web de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (www.agip.gob.ar), mediante la utilización de la Clave Ciudad, Nivel 02.
Artículo 7°.- A los efectos de la implementación del Registro de Domicilios de Explotación (RDE), establécese que los contribuyentes y/o responsables detallados en el artículo 3° deben informar el/los domicilio/s de explotación desde el día 4 de enero hasta el día 31 de marzo de 2021, ambas fechas inclusive.
Artículo 8º.- El incumplimiento de las obligaciones generadas por la presente Resolución será considerado una infracción a los deberes formales en los términos del artículo 105 del Código Fiscal vigente.
Artículo 9º.- Facúltase a la Dirección General de Rentas a:
a) Incorporar nuevos universos de contribuyentes al Registro de Domicilios de Explotación (RDE).
b) Incorporar nuevos trámites en los cuales sea obligatorio declarar el domicilio de explotación.
c) Resolver cuestiones operativas y/o de interpretación.
Artículo 10.- La presente Resolución rige a partir del día 1º de enero de 2021.
Artículo 11.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos pase a las Direcciones Generales y demás áreas dependientes de esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos. Cumplido archívese.
07/01/2020
Bono Lavaderos
07/01/2021
Acta Acuerdo Bono Lavaderos 2020
04/01/2021
Lavar un auto no es tan sencillo- Taller Actual
24/12/2023
Estimados colegas, socios, proveedores, funcionarios de la CABA y Nación, trabajadores, sindicatos, clientes y amigos:
Desde C.A.L.A.M.A queremos desearles una Feliz Navidad y que el 2021 compense con éxitos y bonanza el pésimo año que estamos finalizando.
Agradecemos a todos con quienes trabajamos codo a codo durante este 2020 el esfuerzo realizado y los convocamos a seguir haciéndolo.
FELIZ NAVIDAD Y FELIZ AÑO NUEVO
Comisión Directiva.
22/12/2020
CALAMA colaboró con la Fundación Padres durante el 2020.
17/12/2020
ESTIMADOS COLEGAS:
Hoy, 17 de Diciembre es el » Dia del Contador».
Recuerden saludar a los suyos y hacemos especialmente extensivo el saludo de nuestra Camara al Contador Daniel Rodriguez, Gerente de CALAMA
16/12/2020
ESTIMADOS COLEGAS:
Este artículo refleja la situacion formal de nuestra actividad. Se generó como un «ayuda memoria» para poder informar a quienes no estan en el Gremio y no la conocen y para respaldar lo serio que es no cumplir con las exigencias legales para lavar autos.
Es un artículo que servirá para que medios periodísticos u otras paginas de Internet de otras actividades lo puedan incluir y hacer conocer al publico en general y a sus Asociados.
A este respecto será próximamente incluida en la pagina de la Cámara de Garages y Estacionamientos.
En la medida que miembros de CALAMA puedan hacer conocer este articulo servirá para defender nuestra situación empresarial formal frente a aquellos que la llevan adelante sin las exigencias legales .
¡Gracias!
NOTA:
Algo tan habitual como «lavar un auto» parece un trámite sencillo y sin mayor importancia, tanto que muchas personas lo hacen en sus casas, su garage, estacionamientos o en algún lavadero de autos de los muchos que hay en la Ciudad de Buenos Aires.Sin embargo -y lo que generalmente se ignora- es que lavar un auto debe hacerse cumpliendo con una gran cantidad de regulaciones fundadas entre otros puntos en el «Cuidado del Medio Ambiente»Al lavar un vehículo se generan efluentes líquidos y residuos solidos clasificados por la Ley como «Residuos Peligrosos», estos están constituidos por los detergentes,hidrocarburos, grasa, alquitran,heces de aves y otras elementos presentes en el vehículo y que son eliminados durante el lavado. Este efluente y residuos de ninguna manera pueden volcarse ni en el sistema cloacal ni mucho menos en el pluvial pues en cualquier caso terminaran polucionando los cauces de agua donde finalmente estos se vuelcan. Por esta razón todos los lugares donde se laven vehículos deben contar inicialmente con una «Autorización de Vuelco a Colectora» generada por AySA queademás exige una importante infraestructura (con sus planos aprobados y memoria descriptiva de los procesos ) para colectar los residuos solidos en cámaras decantadoras y una «Camara de Toma de Muestras y Aforo», donde tanto este Ente como el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable y otros controlaran la calidad y cantidad de los efluentes generados para que se inscriban dentro de los parámetros exigidos.Todo el residuo sólido deberá decantarse y colectarse de manera tal que una vez por año -y a través de empresas legalmente autorizadas- se retire con camiones atmosféricos con un «Manifiesto de Transporte» que indicara el lugar donde estos residuos solidos serán finalmente dispuestos, ya sea por el sistema de «landfarming» o incinerados ,y generando un «Certificado de Disposición Final».Este Certificado será parte de la Declaración Jurada Anual Decreto Nº 674/89 que indefectiblemente todo lavadero de vehículos debe presentar .Tal es la importancia del manejo de estos Residuos Peligrosos que todo lavadero debe estar inscripto como «Generador de Residuos Peligrosos» según la LeyNacional 24051 y también en la Ley 2214 del Gobierno de la CABA, requisitos sin los cuales no puede operar.Asimismo si el establecimiento se encuentra radicado dentro del ámbito de la Cuenca Hídrica Matanza Riachuelo debe estar registrado en el padrón del ACUMAR (Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo),ente que también ejercerá el control de los efluentes y solidos generados.Todos los lavaderos deben cumplir con la Ley 123 de Impacto Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y obtener un Certificado de Aptitud Ambiental que les permitirá-habida cuenta su cumplimiento-operar en el ámbito de la CiudadLo anteriormente señalado son solo los requerimientos que debe cumplir cualquier lugar donde se laven vehículos en lo referente al Medio Ambiente, pero, además, deben tener una Habilitación Municipal vigente a nombre del explotador y por supuesto estar dentro de las obligaciones generales y especificas para esta actividad en particular , sin lo cual de ninguna manera puede funcionar en el ámbito de la Ciudad y su incumplimiento puede derivar en la clausura inmediata del local.Hay otra serie de requisitos que un lavadero de autos debe cumplir como las Leyes 5920 y 1540 del GCABA, las Resoluciones 463/2009, 886/15,84/12,85/12 ,y 900/15 SRT,y la Ley Nacional 19587/72 en lo referido a Higiene y Seguridad y sus Decretos Reglamentarios .Naturalmente además de esta larga lista de requisitos ,como en cualquier otra actividad se debe cumplir con todo lo referente a Registración de Personal y alConvenio Colectivo de Trabajo, Leyes de Seguridad Social, AFIP,AGIP, Obra Social, Sindicato, ART, etc.Es después de esta extensa enumeración de obligaciones para funcionar dentro de la legalidad que puede explicarse el porque de la gran dispersión de preciospara el lavado de un vehículo que puede detectarse en el mercado, ya que cualquier usuario puede lavar entre 250 y 1000 pesos en distintos lavaderos.Esta gran diferencia esta generalmente dada por el cumplimiento o no de las muchas obligaciones de la actividad ya que el costo para funcionar legalmentedebe obligatoriamente reflejarse en el precio por lo que un Lavadero de Autos que funcione dentro de la legalidad y formalidad no puede ofrecer sus serviciosa menos del equivalente a aproximadamente nueve o diez litros de nafta super.Queda en la voluntad -y conocimiento del tema- de los usuarios el elegir entre quienes hacen frente a todas sus obligaciones para con el Medio Ambiente, el Estado yla Sociedad y aquellos que por no hacerlo ofrecen un servicio mucho mas barato pero atentan contra todo aquello que constituye nuestra vida en la normalidady además ponen en peligro la continuidad de los lavaderos que funcionan legalmente en la Ciudad de Buenos Aires.
16/12/2020
LA CAMPAÑA PARA SEGUIR JERARQUIZANDO NUESTRA ACTIVIDAD CONTINUA
03/12/2020
ESTIMADOS COLEGAS:
Teniendo en cuenta la dramática situación por la que ha transcurrido- y aún transcurre- nuestra actividad desde mediados de Marzo y nuestros constantes contactos con el Sindicato donde les planteamos la misma, hemos arribado a un acuerdo que entendemos refleja el mayor esfuerzo económico que podemos enfrentar los Lavaderos de Autos.
Deseamos que a mediados del 2021 las condiciones sean mejores en bien de nuestras empresas y nuestros trabajadores.
02/12/2020
CAPACITACIÓN: MI PRIMERA VENTA ONLINE
11/11/2020
ESTIMADOS COLEGAS:
Nos hemos enterado del fallecimiento a mediados de septiembre del Señor Eduardo Miñio, dueño del Lavadero » A Todo Trapo».
Deseamos hacer llegar a su Familia nuestro mas sentido pésame.
Q.E.P.D.
10/11/2020
ESTIMADOS COLEGAS:
Lamentamos participarlos del fallecimiento hace diez días del Padre de José Luis Duran, del Lavadero Aguasol.
Queremos hacerle llegar a la Familia Duran, a través de CALAMA, nuestro mas sentido pésame.
Q.E.P.D.
CAPACITACION GRATUITA “Mi Primera Venta Online”
La Federación de Comercio e Industria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (FECOBA) invita a participar del ciclo de capacitaciones “Mi Primera Venta Online” que tendrá comienzo el día lunes 9 de noviembre. Esta actividad, que consideramos fundamental, principalmente en este contexto de pandemia, se encuentra enfocada a fomentar el comercio electrónico, con el objeto generar mayor competitividad y brindar todas las herramientas disponibles aquellos comerciantes que aún no han desembarcado en las plataformas de venta digital. En ese sentido, esta capacitación organizada por FECOBA tendrá un primer módulo intensivo que culminará a los 30 días con la primera venta efectiva realizada por el comerciante, y continuará de este modo en los dos meses subsiguientes con un acompañamiento a fin de afianzar el aprendizaje adquirido. La capacitación es para todas las Pymes que pertenezcan a las entidades adheridas a la federación, tanto Centros Comerciales Abiertos como Cámaras Específicas; a su vez, cada empresa o comercio podrá designar a quien considere (titulares, familiares que potencialmente puedan colaborar en el negocio, o empleados). En esta primera instancia, la cursada apunta a los rubros que comercialicen productos no perecederos, exceptuando indumentaria, por ejemplo: bazar, mercería, perfumería, marroquinería, juguetería, librería, relojería, veterinarias, zapaterías, muebles, cotillón, etc. Aquellos que accedan a la capacitación deberán contar con una computadora con paquete de Office e internet, disponer un teléfono celular con conectividad, y encontrarse bancarizado. Los cupos son limitados, con un tope de 30 alumnos, por lo que solicitamos inscribirse a la brevedad haciendo clic aquí. En caso de no conseguir cupo, podrán anotarse en lista de espera para las próximas ediciones (la segunda edición comenzará el 1 de diciembre y la tercera el 4 de enero de 2021).
26/10/2020
A partir del día de la fecha se podrán habilitar bares y restaurantes.
Gastronomía
Bares y restaurantes: van a poder abrir los salones internos.
Ocupación máxima de hasta el 25% de su capacidad de acuerdo a las características de su sistema de ventilación.
Deberán presentar una Declaración Jurada en la Agencia Gubernamental de Control firmada por un profesional y serán habilitados en un máximo de 25% de capacidad según la cantidad de renovaciones de aire por hora.
Servicio con reserva.
No está permitido el autoservicio, solo platos a la carta.
Distancia mínima entre las mesas de dos metros.
Máximo de cuatro personas por mesa.
Las personas deberán mantener una distancia mínima de dos metros en todo momento.
Importante: Los locales deberán previamente completar el formulario de la declaración jurada (ver abajo) y enviarla por correo electrónico a comunicacion_agc@buenosaires.gob.ar.
17/09/20
Nuestra Cámara quiere saludar a sus miembros de la comunidad Judia en esta celebración del Rosh Hashana 2020 .Shana Tova!
16/09/20
Estimados Colegas:
Lamentamos informarles elfallecimiento del Señor Eduardo Miñio, dueño del lavadero «A Todo Trapo»ubicado en la Avda.Monroe.
El Señor Miñio estuvo muchos años en la actividad, y si bien no participaba activamente en las actividades de nuestra Cámara tenia un establecimiento que funcionaba formalmente y sufría la competencia desleal de quienes no lo son.
Enviamos nuestro más sentido pésame a su señora y familia .
Gracias.